Congelación de cuotas colegiales y más novedades

 

En la última reunión ordinaria de la Junta de Gobierno del 22 de diciembre de 2016, propuse y se aprobó en la mencionada Junta, congelar y mantener un año más el mismo importe de las cuotas colegiales, sin realizar ninguna subida, ni siquiera la correspondiente al IPC.  Este acuerdo se aprobó por unanimidad de todos los miembros de Junta de Gobierno para de esta manera pretendemos que el Colegio ayude a sobrellevar la difícil situación económica a todos los compañeros

Al mismo tiempo, me gustaría recordarte, tal y como te informé, que el Colegio se ha constituido como Institución de Mediación y Centro de Formación para la Mediación, abriendo así una nueva vía que amplíe las posibilidades de nuestra profesión, ya que considero que la mediación es una herramienta fundamental para la sociedad ya que podría redundar en la reducción del gasto económico y en la rapidez de la solución de los conflictos. Por todo ello quiero insistir en la necesidad de formarnos en esta ámbito, siendo buena prueba de ello el Curso que hemos organizado y que lleva por título: «Habilitación Profesional en Alta MEDIACIÓN», al que te invito que participes.

Y por último quiero transmitirte también, si así lo deseas, que puedes acoger a Graduados Sociales no ejercientes en régimen de pasantía, en virtud de un acuerdo que se ha llegado con la Inspección de Trabajo, siempre y cuando reúnas los requisitos exigidos, es decir ser Graduado Social ejerciente libre o de empresa y:

  1. Tener una antigüedad de al menos 3 años como ejerciente libre o de empresa.
  2. No haber sido sancionado con carácter firme por faltas cometidas como Graduado Social.
  3. Estar al corriente de pago de cuotas y derramas colegiales.
  4. Tener medios e instalaciones suficientes para el pasante.
  5. Suscribir el oportuno documento de «acuerdo de pasantía», visado por el Colegio.
  6. Someterse a las normas del presente Reglamento.
  7. El número de pasantes por despacho, no podrá superar el 25% de trabajadores en la plantilla del mismo, de lo que resulta de 1 a 7 trabajadores, 1 pasante, y 2 pasantes como máximo por despacho.
  8. Comunicar al Área de Empleo del Colegio, el cese del compañero pasante en el momento que éste se produzca.