Sentencia del Tribunal Constitucional ha dictado Sentencia de fecha 07 de Octubre en el Recurso de Amparo nº 2907-2011, . Dicha Sentencia avala la intervención por parte de la empresa del correo electrónico corporativo de un empleado, al entender que no vulnera su intimidad ni el secreto de sus comunicaciones cuando existen sospechas de una actuación irregular que puede ser verificada con la lectura de los e-mails enviados con los medios informáticos de la compañía, sirviendo dicha intervención para demostrar que el trabajador había enviado información a otra empresa de la competencia, indicando igualmente que la limitación del empleo del correo electrónico a fines profesionales «llevaba implícita la facultad de la empresa de controlar su utilización al objeto de verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales.»