NULIDAD DESPIDO COLECTIVO: SENTENCIA TRIBUNAL SUPREMO (SALA DE LO SOCIAL)

Sentencia del Tribunal  Supremo (Sala de lo Social) de fecha 20 de marzo de 2013, la cual confirma la Sentencia del TSJ de Madrid de fecha 30 de Mayo de 2012, que declara la nulidad del despido colectivo por causas económicas al haberse incumplido por parte de la empresa los requisitos formales para su válida tramitación y efectos, tales como la entrega de la memoria económica mínimamente suficiente, entre otros aspectos, tal y como exige el artículo 51.2 del E.T.

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