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1. | ![]() Acuerdo núm. 9/2011, de 17 de febrero. LCM 2011\50 |
2. | ![]() Ley núm. 1/2011, de 17 de febrero. LCAT 2011\102 |
3. | ![]() Decreto núm. 271/2011, de 22 de febrero. LCAT 2011\105 |
4. | ![]() Orden de 18 de febrero 2011. LEG 2011\1348 |
5. | ![]() Orden de 18 de febrero 2011. LCLM 2011\53 |
6. | ![]() Orden de 14 de febrero 2011. LCLM 2011\55 |
7. | ![]() Ordenanza de 1 de enero 2011. LEG 2011\2257 |
8. | () ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() INCREMENTO O REVISION SALARIAL: diferencia entre el IPC real y el previsto, siendo éste definitivamente superior al real: deducción procedente del incremento retributivo inicial abonado como anticipo del incremento real del IPC; «regularización» salarial entendida tanto al alza como a la baja. AN (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 128/2010 de 21 diciembre. AS 2010\2630 |
9. | () ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() EXTINCION DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS: amortización procedente por concurrencia de circunstancias económicas y productivas en organismo público: externalización del servicio municipal de deportes; requisitos de la indemnización puesta a disposición de la trabajadora: inexistencia de incumplimiento empresarial, por error excusable en el cálculo, al tratarse de diferencia insignificante. TSJ Castilla y León, Burgos (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 669/2010 de 17 noviembre. AS 2010\2629 |
10. | () ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() SALARIOS: reducción salarial en empresa del sector público: improcedencia, por incumplimiento del requisito esencial de negociación colectiva previa; ineficacia al efecto del período de consultas. TSJ Galicia (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 4900/2010 de 4 noviembre. AS 2010\2628 |
11. | () ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() CONSUMIDORES Y USUARIOS: CLAUSULAS ABUSIVAS: procedencia: transporte aéreo: cláusula contractual que impone al viajero la obligación de acudir con la tarjeta de embarque al aeropuerto para poder viajar so pena de sufrir una penalización de 40 euros si necesitara reimprimirla en el mostrador de facturación por el personal de tierra de la compañía aérea: consideración de antecedentes legislativos, consuetudinarios y jurisprudenciales: altera las obligaciones que la ley impone a cada una de las partes contratantes provocando así un desequilibrio en las prestaciones: obligación de la demandada inherente al contrato de transporte aéreo: el hecho de que sea una compañía «low cost» o de bajo coste, no le legitima para alterar sus obligaciones contractuales básicas y repercutirlas en el cliente. TRANSPORTE AEREO: PERSONAS: responsabilidad: procedencia: cancelación de vuelo: incumplimiento de la obligación de ofrecer asistencia al viajero, siendo el propio pasajero quien tuvo que sufragar los gastos: el transportista no queda simplemente exonerado de su responsabilidad con ofrecer al pasajero un pasaje de vuelta al lugar de destino y en cualquier condición sino que dicha alternativa debe ser en condiciones de transporte «comparables y lo más rápidamente posible», a elección del pasajero: llegada a destino por otro medio alternativo, como fue el tren, nueve horas antes de la opción que le ofrecía la compañía aérea, debiendo ésta sufragar su coste; daños morales: exclusión por causa de fuerza mayor: falta de acreditación de que tal cancelación o retraso de su vuelo le haya producido un perjuicio económico y moral, una zozobra, angustia o malestar de tal entidad que vaya más allá de que la que es propia para este tipo de situaciones. JMerc Barcelona, núm. 1, sentencia núm. 5/2010 de 10 enero. AC 2011\7 |
12. | () ![]() ![]() ![]() ![]() EXTINCION DEL CONTRATO POR CAUSAS OBJETIVAS: amortización procedente del puesto de trabajo por concurrencia de causas organizativas y productivas, como consecuencia de la instalación de nuevo sistema de control electrónico de acceso de vehículos: controlador. TSJ Galicia (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 4918/2010 de 3 noviembre. AS 2010\2627 |
13. | () ![]() ![]() ![]() ![]() CONDICION MAS BENEFICIOSA: revisión salarial anual según el IPC: y ello con independencia del pacto colectivo alcanzado en el año precedente. TSJ Castilla y León, Valladolid (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 1649/2010 de 3 noviembre. AS 2010\2626 |
14. | () ![]() ![]() ![]() ![]() CESION ILEGAL DE TRABAJADORES: Empresa de Trabajo Temporal: puesta a disposición de trabajadores en un ámbito territorial en el que no dispone de autorización administrativa. TSJ Aragón (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm 745/2010 de 2 noviembre. AS 2010\2625 |
15. | () ![]() ![]() ![]() ![]() TRANSPORTE MARITIMO: póliza de fletamento: cuando al amparo de la misma se ha expedido un conocimiento de embarque, el simple hecho de aceptar el conocimiento como título para retirar la mercancía, supone la aprobación de todas las condiciones estipuladas en la póliza de fletamento: conocimiento de embarque aceptado: oponibilidad de las cláusulas pactadas en la póliza; contrato de fletamento: el importe aplicable por la demora debe ser el pactado y no el precio de mercado referido por la testifical de en el juicio ya que en otro caso se estaría dejando al arbitrio de los contratantes el cumplimiento del contrato. PRESCRIPCION DE ACCIONES: IMPROCEDENCIA: acción para reclamar la oportuna cantidad por sobreestadías: aplicación del plazo de prescripción de seis meses: voluntad conservativa del derecho: fax. COMPENSACION: son admisibles sin expresa reconvención las compensaciones derivadas del mismo negocio o relación jurídica de la que derive el crédito que origina la demanda. AP Cuenca (Sección 1ª), sentencia núm. 229/2010 de 29 noviembre. AC 2010\1935 |
16. | () ![]() ![]() ![]() ![]() NEGOCIO FIDUCIARIO: efectos: pleno reconocimiento entre las partes contendientes de la realidad del pacto de fiducia concertado entre el actor y los demandados, y que la finalidad perseguida ha sido cumplida: obligación de retransmitir el bien al fiduciante que, posteriormente, como propietario del mismo, podrá disponer de él como estime conveniente. AP Badajoz (Sección 3ª), sentencia núm. 362/2010 de 26 noviembre. AC 2010\1933 |
17. | () ![]() ![]() ![]() ![]() SUCESION HEREDITARIA: PARTICION: inventario: vivienda adjudicada perdiendo el causante su propiedad, por deudas de una heredera forzosa: inexistencia de rastro de lo acaecido desde la adjudicación hasta la fecha del fallecimiento: no procede equiparar la adjudicación por embargo de deudas en virtud del contrato de fianza a título gratuito, a la donación. AP Ciudad Real (Sección 1ª), sentencia núm. 324/2010 de 18 noviembre. AC 2010\1927 |
18. | () ![]() ![]() ![]() ![]() CONCURSO: EFECTOS: sobre los contratos: resolución: procedencia: contrato de prestación de servicios profesionales: incumplimiento injustificado del contrato por la entidad concursada: ni la concursada ni la administración concursal han solicitado en forma la resolución del contrato «si lo estimaban conveniente al interés del concurso»: no se ha dado la oportunidad al juez a citar a la comparecencia prevista en la LC al concursado, administración concursal y la entidad actora contratante, para decretar la resolución contractual: solicitud de una indemnización de los perjuicios firme al no haber sido impugnada. AP Burgos (Sección 3ª), sentencia núm. 457/2010 de 16 noviembre. AC 2010\1925 |
19. | () ![]() ![]() ![]() ![]() CONCURSO: DECLARACION: necesario: improcedencia: falta de acreditación de la concurrencia del sobreseimiento general: no basta una mera referencia a un sobreseimiento general en los pagos. AP Castellón (Sección 3ª), auto núm. 205/2010 de 15 noviembre. AC 2010\1924 |
20. | () ![]() ![]() ![]() ![]() COOPERATIVAS: CONSEJO RECTOR: impugnación de acuerdos: improcedencia: acuerdo sobre apertura de expediente sancionador: pleno conocimiento de los hechos imputados: concesión de un plazo para alegaciones y presentación de pruebas: sanción económica: acuerdo adoptado no contrario a ninguna Ley. CADUCIDAD DE ACCIONES: COOPERATIVAS: improcedencia: precepto estatutario que no se adapta a la ley 20/2002 de Cooperativas de Castilla La Mancha: aplicación del plazo de un año. AP Ciudad Real (Sección 2ª), sentencia núm. 273/2010 de 12 noviembre. AC 2010\1921 |
21. | () ![]() ![]() ![]() ![]() SOCIEDADES ANONIMAS: JUNTA GENERAL: nulidad: procedencia: falta de acreditación de la convocatoria y de la celebración de la junta general, sin que haya constancia ni de la constitución de la misma ni de la formalización de acuerdo ninguno al respecto. CADUCIDAD DE ACCIONES: SOCIEDADES ANONIMAS: improcedencia: impugnación de junta general y de los acuerdos adoptados en ella: acto nulo: plazo de un año. AP Badajoz (Sección 2ª), sentencia núm. 350/2010 de 8 noviembre. AC 2010\1913 |
22. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() SALARIOS: cláusula de revisión salarial prevista en convenio colectivo: diferencia entre IPC real y previsto: supuesto de que el IPC previsto sea superior al real: liquidación de la diferencia según lo pactado. AN (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 3/2010 de 26 enero. AS 2010\106 |
23. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() CONFLICTOS COLECTIVOS: legitimación activa: presidente en funciones del comité de empresa: acuerdo mayoritario de sus miembros. CONVENIOS COLECTIVOS: sometimiento previo de divergencias ante la Comisión Paritaria: innecesaria por no tratarse de una cuestión de interpretación, vigilancia y aplicación del propio convenio; obligación de negociar: alcance: inexistencia de causa legal o convencional que impida la negociación ni que permita a la otra parte no cumplir su obligación. TSJ Extremadura (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 90/2010 de 11 febrero. AS 2010\942 |
24. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() CESION ILEGAL DE TRABAJADORES: existencia: actividad limitada a suministrar mano de obra. TSJ Galicia (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 4370/2009 de 19 octubre. JUR 2009\477130 |
25. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID: profesora de religión de centro público: antigüedad: cómputo de los servicios prestados con anterioridad a adquirir la condición de relación laboral indefinida: desestimación. TSJ Madrid (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 464/2009 de 5 junio. AS 2009\2220 |
26. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() SOCIEDAD ANONIMA: JUNTA GENERAL: impugnación de acuerdos: caducidad: procedencia: asistencia del impugnante a la junta habiendo votado en contra del acuerdo de fijación de retribución para el administrador: cómputo del plazo de 40 días: desde el día de adopción del acuerdo: el plazo no puede computarse desde que se publique el acuerdo. AP Pontevedra (Sección 1ª), sentencia núm. 533/2009 de 4 noviembre. AC 2010\247 |
27. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() TRIBUTOS-GESTION: Iniciación: autoliquidaciones: solicitud de rectificación del Impuesto, instando la aplicación de una deducción: la Administración no puede en el curso de dicho procedimiento entrar a comprobar otros elementos del Impuesto, y en el caso de comprobarlos, debe dar trámite de audiencia al interesado. TEAC , resolución de 19 abril 2007. JT 2007\1170 |
28. | ![]() Resolución de 28 de diciembre 2010. LEG 2011\748 |
29. | ![]() Resolución de 3 de febrero 2011. LEG 2011\1063 |
30. | ![]() Resolución de 18 de febrero 2011. LIB 2011\47 |
31. | ![]() Resolución de 15 de febrero 2011. LEG 2011\1067 |
32. | ![]() Resolución de 28 de enero 2011. LEG 2011\1064 |
33. | ![]() Resolución de 28 de enero 2011. LEG 2011\1065 |
34. | ![]() Acuerdo de 10 de enero 2010. LEG 2011\1351 |
35. | ![]() Acuerdo de 10 de enero 2010. LEG 2011\1352 |
36. | ![]() Resolución de 1 de enero 2011. LEG 2011\749 |
37. | ![]() Resolución de 1 de enero 2011. LEG 2011\750 |
38. | ![]() Resolución de 1 de enero 2011. LEG 2011\751 |
39. | ![]() Acuerdo de 13 de enero 2011. LEG 2011\2259 |
40. | ![]() Anuncio de 25 de enero 2011. LEG 2011\2261 |
41. | ![]() Anuncio de 14 de enero 2011. LEG 2011\2260 |
42. | ![]() Resolución de 15 de febrero 2011. LEG 2011\1066 |
43. | ![]() Acuerdo de 24 de enero 2011. LEG 2011\2258 |
44. | ![]() Resolución de 18 de enero 2011. LEG 2011\2267 |
45. | ![]() Acuerdo de 1 de febrero 2011. LEG 2011\2263 |
46. | ![]() Acuerdo de 1 de febrero 2011. LEG 2011\2264 |
47. | ![]() Anuncio de 10 de febrero 2010. LEG 2011\2262 |
48. | ![]() Resolución de 31 de enero 2011. LEG 2011\2268 |
49. | ![]() Acuerdo de 3 de diciembre 2010. LEG 2011\2265 |
50. | ![]() Anuncio de 3 de diciembre 2010. LEG 2011\2266 |
51. | ![]() Acuerdo de 9 de febrero 2011. LEG 2011\1349 |
52. | ![]() Acuerdo de 9 de febrero 2011. LEG 2011\1350 |
53. | ![]() Acuerdo de 21 de enero 2011. LEG 2011\2256 |
54. | ![]() Resolución de 14 de febrero 2011. LLR 2011\66 |
55. | ![]() Ley núm. 1/2011, de 17 de febrero. LCAT 2011\102 |
56. | ![]() Resolución de 4 de febrero 2011. LG 2011\84 |
57. | ![]() Orden Foral núm. 16/2011, de 10 de febrero. LEG 2011\745 |
58. | ![]() Decreto núm. 7/2011, de 17 de febrero. LCyL 2011\75 |
59. | ![]() Orden de 16 de febrero 2011. LCLM 2011\52 |
60. | ![]() Orden de 10 de febrero 2011. LRM 2011\89 |
61. | ![]() Orden de 10 de febrero 2011. LRM 2011\90 |
62. | ![]() Decreto núm. 7/2011, de 18 de febrero. LLR 2011\62 |
63. | ![]() Resolución de 7 de febrero 2011. LCAN 2011\82 |
64. | ![]() Orden de 24 de enero 2011. LRM 2011\88 |
65. | () ![]() ![]() ![]() ![]() TRIBUTOS-RECAUDACION: Pago: ingresos espontáneos fuera de plazo: recargos por declaración extemporánea sin requerimiento previo: requisitos para la aplicación del art. 61.3 LGT (redacción Ley 25/1995, de 20 julio): presentación de la declaración-liquidación o autoliquidación omitida o de la liquidación complementaria que rectifique la anterior, haciendo constar el periodo impositivo a que se refieren las bases y cuotas objeto de regularización: no es suficiente que el ingreso se realice incluyendo las cuotas en declaraciones correspondientes a periodos posteriores. TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), sentencia de 22 diciembre 2010. RJ 2010\7995 |
66. | () ![]() ![]() ![]() ![]() IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS: Base imponible: rendimientos de actividades empresariales: ingresos computables: incrementos patrimoniales derivados de elementos patrimoniales afectos: determinación del valor de adquisición: aplicación de la disp. transit. 5ª LIRPF/1991 en el supuesto de activos adquiridos con anterioridad al 1-1-1979: procedencia. TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), sentencia de 20 diciembre 2010. RJ 2010\7994 |
67. | () ![]() ![]() ![]() ![]() RECURSO DE CASACION PARA LA UNIFICACION DE DOCTRINA (LJCA/1998): Resoluciones impugnables: sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia: requisitos: contradicción entre la sentencia impugnada y la alegada de contraste: existencia: en las sentencias alegadas de contraste se acepta de forma tácita la competencia de los órganos autonómicos para conocer de la reclamación económico-administrativa en materia del IGIC que es negada expresamente en la sentencia recurrida. TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), sentencia de 1 diciembre 2010. RJ 2010\7993 |
68. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() IMPUESTOS ESPECIALES: Impuesto Especial sobre Hidrocarburos: supuestos de no sujeción: pérdidas acaecidas durante el transporte, siempre que no excedan de los porcentajes reglamentarios: incidencia de los errores de medida de los sistemas estáticos de medición de volumen de productos petrolíferos: examen: exigencia de homologación de los aparatos de medición de volumen de productos petrolíferos: aplicación de la tolerancia de los aparatos de medida improcedente en caso de falta de homologación. AN (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 7ª), sentencia de 24 octubre 2005. JT 2005\1423 |
69. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Personal al servicio de la Administración Local.Garantías por cambio de empresario.Proceso Social. TSJ Islas Canarias, Las Palmas (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 1962/2009 de 29 diciembre. JUR 2010\159699 |
70. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Personal al servicio de la Administración Local.Garantías por cambio de empresario.Proceso Social. TSJ Islas Canarias, Las Palmas (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 1953/2009 de 28 diciembre. JUR 2010\159731 |
71. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Proceso Social.Garantías por cambio de empresario.Personal al servicio de la Administración Local. TSJ Islas Canarias, Las Palmas (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 1951/2009 de 28 diciembre. JUR 2010\170365 |
72. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() HORAS EXTRAORDINARIAS: para calcular el valor de la hora ordinaria se aplica la Orden Ministerial de 22 noviembre 1973: parámetro semanal y horas efectivas de trabajo anuales, divididas entre 52: las horas efectivas de trabajo anuales se calculan restando a 365 días los que por Ley o Convenio no se trabajan. VOTO PARTICULAR. TSJ Asturias (Sala de lo Social, Sección 1ª), sentencia núm. 3459/2009 de 4 diciembre. AS 2010\48 |
73. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() TRIBUTOS-ELEMENTOS COMUNES, ESTRUCTURALES Y DE PROCEDIMIENTO: Sujeto pasivo: representación voluntaria: representación necesaria para la firma de actas de conformidad: naturaleza transaccional del acta: necesidad de mandato expreso: examen: posibilidad de deducción a partir de la ausencia de impugnación en vía administrativa de los aspectos fácticos con los que se conformará el interviniente en el acta. TSJ Galicia (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª), sentencia núm. 1188/2005 de 22 julio. JT 2005\1359 |
74. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() SOCIEDADES ANONIMAS: JUNTA GENERAL: desconvocatoria: validez: nulidad de la junta celebrada pese a ello por decisión de los socios que se reunieron: las juntas generales de las sociedades anónimas solo pueden ser convocadas validamente por el órgano de administración; acta notarial: nulidad: improcedencia: ratificación del requerimiento, con el apoyo expreso del otro asistente a la junta. LEGITIMACION ACTIVA: PROCEDENCIA: sociedades mercantiles: impugnación de acuerdos sociales: transmisiones resueltas que habrían aumentado su porcentaje de participación social, pero no eran su único título como accionistas. PROCESO CIVIL: TERMINACION DEL PROCESO: improcedencia: el hecho de que en juntas posteriores a aquellas cuya nulidad se pide en este pleito se hayan adoptado determinados acuerdos que vengan a «convalidar» los tomados en las Juntas anteriores, no implica que se haya producido el caso alegado de carencia sobrevenida de objeto. AP Santa Cruz de Tenerife (Sección 4ª), sentencia núm. 332/2009 de 26 octubre. AC 2010\244 |
75. | ![]() Resolución de 25 de enero 2011. LNA 2011\51 |
76. | ![]() Resolución de 4 de febrero 2011. LPAS 2011\69 |
77. | ![]() Resolución de 4 de febrero 2011. LEG 2011\2723 |
78. | ![]() Resolución de 15 de febrero 2011. LEG 2011\1061 |
79. | ![]() Resolución de 14 de febrero 2011. LLR 2011\66 |
80. | ![]() Resolución de 10 de febrero 2011. LLR 2011\65 |
81. | ![]() Resolución de 2 de febrero 2011. LEG 2011\688 |
82. | ![]() Resolución de 25 de enero 2011. LEG 2011\687 |
83. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (DESDE 1992): Hecho imponible: primas de seguro de accidentes en favor de clientes del banco que domicilien sus nóminas en las cuentas abiertas en el mismo: importe fijo de las primas, que no depende del importe de la nómina ni del saldo de la cuenta, abonando el banco las primas aun cuando la cuenta arroje saldo negativo: retribución a la imposición de un capital: inexistencia: consideración como rendimiento en especie del capital mobiliario: improcedencia: ingreso a cuenta: improcedencia. AN (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), sentencia de 19 abril 2007. JT 2007\564 |
84. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (HASTA 1991): Hecho imponible: incrementos de patrimonio: donación de acciones pignoradas, asumiendo el donatario el pago de la deuda garantizada por las mismas: determinación del incremento de patrimonio producido en el donante y tratamiento fiscal: examen: división del incremento en dos tramos y aplicación simultánea de las reglas del incremento patrimonial oneroso y del incremento patrimonial lucrativo: procedencia: no concurre en la operación la causa propia de la donación. AN (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), sentencia de 15 junio 2006. JT 2006\1086 |
85. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() CLAUSULA «REBUS SIC STANTIBUS»: APLICACION: improcedencia: derechos de explotación audiovisual de partidos de fútbol: ausencia de alteración extraordinaria de las circunstancias: alteraciones en las competiciones: la titularidad por la UEFA de determinados derechos audiovisuales en el año 2006 carece de incidencia alguna en la litis, la cual viene ceñida al invocado incumplimiento del contrato por la cadena de televisión demandada antes de dicha titularidad por la UEFA, como a la deuda como consecuencia del incumplimiento contractual acaecido en la temporada 2004/2005: un hecho posterior a dicho incumplimiento no puede enervar el mismo ni sus consecuencias. AP Madrid (Sección 9ª), sentencia núm. 350/2009 de 9 julio. AC 2009\1844 |
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