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1. | ![]() Real Decreto núm. JUS/3185/2010, de 9 de diciembre. RCL 2010\3137 |
2. | ![]() Resolución de 29 de noviembre 2010. RCL 2010\3156 |
3. | ![]() Directiva 2010/88/UE, de 7 de diciembre. LCEur 2010\1713 |
4. | ![]() Orden de 3 de diciembre 2010. LCM 2010\367 |
5. | ![]() Orden de 3 de diciembre 2010. LCM 2010\368 |
6. | ![]() Resolución núm. 2807/2010, de 23 de noviembre. LNA 2010\331 |
7. | ![]() Acuerdo de 23 de noviembre 2010. LAN 2010\502 |
8. | ![]() Acuerdo de 23 de noviembre 2010. LAN 2010\499 |
9. | ![]() Orden núm. EYE/1673/2010, de 29 de noviembre. LCyL 2010\644 |
10. | ![]() Orden de 25 de noviembre 2010. LRM 2010\407 |
11. | ![]() Orden de 25 de noviembre 2010. LCAN 2010\447 |
12. | ![]() Decreto Foral núm. 58/2010, de 23 de noviembre. LPV 2010\423 |
13. | ![]() Decreto Foral núm. 55/2010, de 16 de noviembre. LPV 2010\422 |
14. | ![]() Orden núm. TIN/3176/2010, de 3 de diciembre. RCL 2010\3130 |
15. | ![]() Orden de 13 de octubre 2010. LCM 2010\327 |
16. | ![]() Orden núm. TRE/87/2009, de 27 de febrero. LCAT 2009\156 |
17. | ![]() Acuerdo de 8 de febrero 2010. LIB 2010\46 |
18. | ![]() Orden de 2 de diciembre 2010. LEXT 2010\438 |
19. | ![]() Resolución de 23 de noviembre 2010. LEXT 2010\436 |
20. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() QUIEBRA: RETROACCION: legitimación pasiva: inexistencia: pagos realizados por entidad bancaria no beneficiaria de dichas operaciones bancarias: tercero. AP Vizcaya (Sección 4ª), sentencia núm. 108/2005 de 14 febrero. AC 2005\361 |
21. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() TRIBUTOS-FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO, APLICACIÓN Y FRAUDE DE LEY: Fraude de ley: determinación de la normativa aplicable: examen: modificación del concepto de fraude de ley por la redacción dada al art. 24 LGT por Ley 25/1995, de 20 julio: inexistencia: la Administración debe acreditar, en ambas redacciones, el propósito del obligado tributario de eludir el tributo: alcance: no requiere la voluntariedad de defraudar, esto es, un comportamiento doloso, sino que basta con acreditar que se ha obtenido un ahorro fiscal mediante un camino artificioso, aunque acomodado a la Ley: acreditación suficiente; Procedimiento: falta de previsión en la normativa tributaria de un procedimiento específico tras la derogación del inicialmente previsto por RD 1919/1979, de 29 junio: aplicación con carácter supletorio del procedimiento previsto en la Ley 30/1992, de 26 noviembre: procedencia: alcance. TS (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), sentencia de 29 abril 2010. JUR 2010\227853 |
22. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() TRIBUTOS-FUENTES DEL DERECHO TRIBUTARIO, APLICACIÓN Y FRAUDE DE LEY: Fraude de ley: concepto y requisitos para su apreciación; operación negocial compleja realizada en un corto espacio de tiempo y enfocada a obtener un crédito fiscal mediante la adquisición de sociedades con bases imponibles negativas y de sociedades de inversión mobiliaria sujetas a un tipo impositivo notoriamente bajo para compensar el incremento producido en la enajenación de acciones: fraude de ley existente; procedimiento: falta de previsión en la normativa tributaria de un procedimiento específico tras la derogación del inicialmente previsto por RD 1919/1979, de 29 junio: aplicación con carácter supletorio del procedimiento previsto en la Ley 30/1992, de 26 noviembre: procedencia: alcance: aplicación del plazo de 3 meses para el procedimiento previsto en el art. 42.2 de la Ley, pero no de la previsión de caducidad contenida en el art. 43.4 de la Ley, al estar regulados específicamente en el art. 105.2 LGT los efectos del incumplimiento de los plazos en los procedimientos de gestión tributaria: caducidad improcedente. AN (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), sentencia de 23 noviembre 2007. JT 2008\128 |
23. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (DESDE 1992): Base imponible: rendimientos de la actividad profesional: partidas deducibles: cantidades abonadas a abogado que tiene una relación cercana de parentesco con el sujeto pasivo, en concepto de honorarios profesionales: acreditación suficiente del pago realizado: deducción procedente; amortizaciones: libertad de amortización para las inversiones generadoras de empleo (RDley 7/1994, de 20 junio): libertad de amortización de los elementos del activo fijo material nuevos afectos al desarrollo de la actividad empresarial del sujeto pasivo puestos a su disposición entre el día 1 de enero de 1994 y el día 31 de diciembre del mismo año: requisitos: que los activos tengan la consideración de nuevos: delimitación: examen; adquisición, para destinarlo a despacho profesional, de inmueble que ya estaba utilizándose con anterioridad a la compraventa: consideración como activo fijo nuevo improcedente. AN (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), sentencia de 7 julio 2005. JT 2005\1545 |
24. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() TRIBUTOS-REGIMENES ESPECIALES OBJETIVOS Y SUBJETIVOS: Grupos de sociedades: régimen de tributación consolidada: características generales y fundamento del régimen: obligaciones de las sociedades pertenecientes al grupo; cuota consolidada: deducciones: deducciones por inversión en activos fijos nuevos y por creación de empleo generadas por sociedad perteneciente al grupo en ejercicios anteriores a que entrara a formar parte de éste: transmisión del derecho a la deducción al grupo consolidado: procedencia: no obsta a ello que la sociedad individualmente considerada no hubiera podido practicar la deducción en dichos ejercicios por tener bases imponibles negativas; pérdida de los beneficios fiscales propios a favor del grupo consolidado: no pueden recuperarse por la sociedad cuando abandona el grupo, salvo en los supuestos de disolución. AN (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), sentencia de 24 febrero 2005. JT 2005\1253 |
25. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (LIVA/1992): Hecho imponible: supuestos de no sujeción: actividades del sector público: actuación de los entes públicos mediante empresas interpuestas, públicas o privadas: sujeción procedente: vulneración de la normativa comunitaria inexistente: actividad de fomento del turismo llevada a cabo por sociedad de la que es única accionista la Comunidad Autónoma: sujeción procedente. TSJ Asturias (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª), sentencia núm. 729/2006 de 27 abril. JT 2006\900 |
26. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() CONCURSO (LEY 22/2003, DE 9 JULIO): INFORME DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL: publicidad e impugnación del informe: consecuencias de la falta de impugnación: art. 97 LC: aplicación tanto a los acreedores como a los deudores del concursado; art. 97.1 LC: intepretación; efectos externos: reclamación económica formulada fuera del concurso pero directamente vinculada al mismo: interpretación extensiva del art. 97.1 LC: impide al deudor de un concursado oponer en el declarativo que corresponda cualquier cuestión relativa a la discusión en el juicio ordinario de un crédito que pudo y debió ser impugnado en el seno del concurso: exigencia de que el deudor del concursado, haya tenido efectivo conocimiento de la existencia de la deuda y su inclusión en el inventario de la masa activa del concursado: conocimiento de la deuda que se reflejaba en el inventario: imposibilidad de discutir la deuda fuera del concurso; impugnación del inventario: legitimación activa para interponer el incidente concursal de impugnación del inventario en los términos previstos en el art. 96.1 LC: posibilidad de haber negado la recepción de la mercancía y en consecuencia la inexistencia de la deuda que se le imputaba en el inventario del informe definitivo de la Administración Concursal: AP Murcia (Sección 5ª), sentencia núm. 7/2007 de 9 enero. AC 2007\1542 |
27. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() SOCIEDADES ANONIMAS: ADMINISTRADORES: responsabilidad: improcedencia: administradora solidaria de la demandante a la que no le fue retribuida su función o abonada cantidad alguna como honorarios o comisión por la mediación, sino que el pago se hizo a una sociedad mercantil. AP Las Palmas (Sección 4ª), sentencia núm. 180/2006 de 27 abril. AC 2006\1110 |
28. | ![]() Antonio V. Sempere Navarro Revista Aranzadi Doctrinal num.9/201092010. BIB 2010\2501 |
29. | ![]() Edmundo Rodríguez Achútegui Revista Aranzadi Doctrinal num.9/201092010. BIB 2010\2503 |
30. | ![]() Patricia Díaz Alvarez-Maldonado Revista Aranzadi Doctrinal num.9/201092010. BIB 2010\2506 |
31. | (Disposición Vigente) Barcelona. MUTUA DE TERRASSA MPS. Dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Mútua de Terrassa MPS a Prima Fixa para los años 2009-2011. Resolución de 11 de noviembre 2010. LEG 2010\6371 |
32. | (Disposición Vigente) Barcelona. GRAMEIMPULS, SA. Dispone la inscripción y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Grameimpuls, SA para los años 2010-2011. Resolución de 10 de noviembre 2010. LEG 2010\6372 |
33. | (Disposición Vigente) Tarragona. ESERMAN, SA. Dispone el registro y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Eserman, SA, para el año 2010 . Resolución de 24 de noviembre 2010. LEG 2010\6376 |
34. | (Disposición Vigente) Tarragona. SIDEROMETALURGIA. Dispone registro y publicación del Convenio colectivo de trabajo del sector del metal de la provincia de Tarragona para el año 2010 . Resolución de 23 de noviembre 2010. LEG 2010\6374 |
35. | (Disposición Vigente) Tarragona. ACEITE. Dispone el registro y la publicación del Convenio colectivo de trabajo del sector de las industrias del aceite y sus derivados, de la provincia de Tarragona, del 1-4-2010 al 31-12-2011 . Resolución de 23 de noviembre 2010. LEG 2010\6375 |
36. | (Disposición Vigente) Tarragona. SEVERIANO GESTION, SL. Dispone el registro y la publicación del Convenio colectivo de trabajo de la empresa Severiano Gestión, SL, para los años 2010-2012 . Resolución de 17 de noviembre 2010. LEG 2010\6373 |
37. | (Disposición Vigente) Teruel. AYUNTAMIENTOS DE ANDORRA. IV Convenio Colectivo para Personal Laboral del Ayuntamiento de Andorra. Resolución de 30 de noviembre 2010. LEG 2010\6377 |
38. | El Pacto de Toledo aplaza al próximo miércoles el debate sobre la edad de jubilación y el periodo de cálculo (01/12/2010) |
39. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ARRENDAMIENTOS URBANOS (LAU/1964): RESOLUCION: DENEGACION DE PRORROGA: necesidad del arrendador: improcedencia: padecimiento de enfermedad pulmonar obstructiva crónica: edificio sin ascensor en término municipal con mucha contaminación. AP Barcelona (Sección 13ª), sentencia núm. 320/2005 de 19 mayo. JUR 2005\177688 |
40. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() CULPA CONTRACTUAL: INEXISTENCIA DE RESPONSABILIDAD: robos en local de joyería cedido en superficie comercial: beneficiario de servicios de vigilancia y medidas de seguridad sin especial contratación y contenido obligacionales; CONCURRENCIA CON CULPA EXTRACONTRACTUAL: inexistencia: ausencia de obligación de adopción de medidas de seguridad más intensas o diferentes de las ya activadas en el centro. AP Castellón (Sección 3ª), sentencia núm 183/2005 de 25 abril. JUR 2005\196287 |
41. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() MEDICOS Y PROFESIONALES SANITARIOS: RESPONSABILIDAD: inexistencia: error en diagnóstico: aplicación adecuada de tratamiento de quimioterapia a la paciente en base al diagnóstico previo: carácter urgente de la práctica del tratamiento que hacía secundaria la realización de más biopsias. AP Madrid (Sección 21ª), sentencia núm. 200/2005 de 22 abril. JUR 2005\122362 |
42. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() SOCIEDADES ANONIMAS: ADMINISTRADORES: acción de responsabilidad: plazo: prescripción: el cese de los administradores por cualquier causa conforme a los preceptos legales carece de cualquier efecto frente a terceros de buena fe si no se inscribe y publica en el Registro Mercantil: el cómputo del plazo de cuatro años previsto en el art. 949 CCom no podrá contarse sino desde esa publicación o desde que el tercero tuviera efectivo conocimiento del cese; reclamación de cantidad: procedencia: suma indemnizatoria reconocida en sentencia firme que establecía el derecho de los actores a ser readmitidos por la empresa de la que eran administradores los demandados o a ser indemnizados: inoponibilidad contra la reclamación de renuncia o transacción conforme al art. 245 LPL/1995. AP Sevilla (Sección 5ª), sentencia de 18 marzo 2005. AC 2005\1002 |
43. | ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() CONDICIONES GENERALES DE LA CONTRATACION: NULIDAD: condiciones abusivas: improcedencia: préstamo: posibilidad de declarar resuelto un contrato si uno de los contratantes no cumpliere con las obligaciones por él mismo asumidas en aquél: no contiene una facultad arbitraria ni unilateralmente reconocida a entidad bancaria para resolver el contrato en perjuicio de los prestatarios, sino que parte de un previo incumplimiento de los mismos con sus obligaciones para que pueda declararse vencido anticipadamente el mismo; procedencia: cláusula de redondeo al alza: supone para el prestatario el pago de un capital adicional o extraordinario, sin que obtenga contraprestación cierta: beneficio sin causa legítima que lo ampare. AP Madrid (Sección 21ª), sentencia núm. 114/2005 de 4 marzo. AC 2005\381 |
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